Proceso Electoral 2026-2027
Preguntas Frecuentes
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¿Qué es el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE)?
Es un organismo público que goza de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, con personalidad jurídica y patrimonio propios. Entre sus atribuciones se encuentran la organización, dirección y vigilancia de las elecciones y demás procesos que requieran consulta pública en el Estado. Está integrado por un órgano central de mayor jerarquía, denominado Consejo Estatal, y por órganos desconcentrados municipales y distritales auxiliares.
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¿Qué es una asamblea municipal?
Es un órgano temporal del IEE que se instala durante el proceso electoral y que , tiene a su cargo la preparación, desarrollo y vigilancia de las elecciones dentro de su respectivo municipio ,de conformidad con lo establecido en la Ley Electoral del Estado de Chihuahua y demás reglamentos, lineamientos y disposiciones aplicables.
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¿Qué actividades realiza una asamblea municipal?
Entre otras actividades, realiza las siguientes:
- Registrar a las candidaturas a integrantes del ayuntamiento y sindicaturas y, si son asambleas municipales cabecera de distrito, también a las candidaturas a diputaciones de mayoría relativa.
- Determinar los lugares de uso común en los que se puede colocar la propaganda electoral.
- Efectuar los cómputos municipales de las elecciones locales, los distritales que correspondan y, en su caso, los recuentos totales o parciales, así como las declaraciones de validez respectivas y la entrega de constancias de mayoría y validez.
- Apoyar en el desarrollo de los programas de educación cívica, paridad de género y respeto a los derechos humanos en el ámbito político.
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¿Quiénes integran la asamblea municipal?
La asamblea municipal se integra de la siguiente manera:
- 1 titular de la presidencia.
- 1 titular de la secretaría.
- 6 titulares de consejerías electorales en los municipios que son cabecera de distrito (Camargo, Chihuahua, Cuauhtémoc, Delicias, Guachochi, Guerrero, Hidalgo del Parral, Juárez, Meoqui, y Nuevo Casas Grandes).
- 4 titulares de consejerías electorales en el resto de los municipios.
- 1 persona representante de cada partido político y candidatura independiente, debidamente acreditada.
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¿Qué actividades realiza la presidencia de asamblea municipal?
- Presidir las sesiones de la asamblea municipal, a fin de organizar los trabajos de la misma.
- Coordinar el ejercicio de las funciones y actividades de la asamblea municipal, con base en las normas aplicables y la planeación institucional.
- Administrar los recursos financieros, materiales y humanos asignados a la asamblea municipal.
- Realizar, en coordinación con los órganos competentes del IEE, acciones de vinculación con las autoridades municipales.
- Coordinar la representación de partidos políticos y de candidaturas independientes, para promover su colaboración en el cumplimiento de los fines institucionales.
- Realizar acciones de vinculación, coordinación y organización con los órganos competentes del Instituto Nacional Electoral (INE).
- Proveer información al IEE sobre aspectos que incidan en los trabajos institucionales para la toma de decisiones.
- Coordinar y supervisar la generación de información sobre el desarrollo de la Jornada Electoral.
- Realizar acciones de coordinación con las autoridades municipales, para la custodia, distribución y resguardo de la documentación y materiales electorales.
- Realizar el cierre y la clausura de la asamblea municipal, haciendo entrega de los expedientes correspondientes.
- Las demás que le sean conferidas.
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¿Qué actividades realiza la persona titular de la secretaría de asamblea municipal?
- Dotar de certeza y legalidad, conforme a la legislación aplicable, a los distintos actos que sean competencia de la asamblea municipal y del proceso electoral.
- Dar fe de los actos en materia electoral en el ámbito de su competencia.
- Validar su actuación mediante actas, acuerdos e integración de archivos.
- Certificar hechos y actos, de su competencia, que le sean solicitados, de acuerdo con los procedimientos institucionales y legales.
- Actuar como la persona titular de la Secretaría en el desarrollo de las sesiones de la asamblea municipal o distrital, a fin de documentar y dar seguimiento a los asuntos tratados en la misma.
- Integrar la información y documentación necesaria para dar respuesta a los requerimientos de los tribunales y demás autoridades, de acuerdo a su ámbito de competencia.
- Presentar informes de actividades que le sean solicitados por las diferentes áreas del Instituto.
- Verificar que los sistemas institucionales cuenten con la información actualizada.
- Supervisar el registro de representantes de partido político y candidaturas independientes, para asegurar su representación durante el desarrollo de las sesiones.
- Las demás que le sean conferidas.
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¿Qué actividades realiza la persona titular de consejería electoral de la asamblea municipal?
- Asistir a las sesiones de la asamblea municipal con derecho a voz y voto.
- Formular proyectos de acuerdo para someterlos a la consideración del pleno de la asamblea municipal.
- Velar por la autenticidad y efectividad del sufragio.
- Promover, supervisar y participar en los programas de formación cívica y capacitación electoral.
- Desempeñar las tareas que el propio IEE les encomiende en razón del cumplimiento de los programas institucionales.
- Integrar las comisiones que se acuerden en la asamblea municipal.
- Suplir a la persona que ocupe el cargo de la Presidencia del Consejo de la asamblea municipal, previa designación de ésta, en ausencias momentáneas de las sesiones.
- Las demás que le sean conferidas.
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¿Qué cargos se designan por Convocatoria?
Las presidencias, secretarías y consejerías electorales, así como las suplencias generales de las 67 asambleas municipales que se instalarán para el Proceso Electoral Local 2026-2027.
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¿Qué es una Suplencia General?
Es aquella persona designada por el Consejo Estatal con el propósito de cubrir las vacantes definitivas que se presenten en los cargos de Presidencia, Secretaría o Consejerías Electorales, conforme al procedimiento establecido en los Lineamientos.
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¿Cómo se realiza la designación de quienes integran una asamblea municipal
El Consejo Estatal del IEE realiza la designación de las personas que integrarán la asamblea municipal durante el Proceso Electoral, entre quienes participaron en el procedimiento de selección y cumplieron los requisitos de la Convocatoria.
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¿Cuál es el periodo del registro?
El establecido en la Convocatoria.
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¿Cómo y cuándo serán las entrevistas?
Las entrevistas se realizarán en línea, dentro del periodo que establece la convocatoria. Las fechas y horas de las mismas, se publicarán a través de los estrados de este Instituto y en la página de Internet, en la liga: https://ieechihuahua.org.mx/integracion_asambleas_2026, de acuerdo con el folio asignado.
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¿Cuándo entra en funciones el personal designado?
Las personas designadas para integrar las asambleas municipales entrarán en funciones una vez que el Consejo Estatal realice la designación correspondiente.
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¿Cuál es la duración de los cargos?
La duración de los cargos será exclusivamente para el Proceso Electoral Local 2026-2027, desde la instalación hasta la clausura de la asamblea municipal respectiva. Es decir, aproximadamente de diciembre de 2026 a julio de 2027.
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¿Se recibirá sueldo o apoyo económico?
Sí, los cargos cuentan con una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, atendiendo a los criterios de grado de responsabilidad y nivel jerárquico con base en el tabulador de salarios que apruebe el Consejo Estatal del Instituto.
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¿Quién puede aspirar a los cargos previstos en la Convocatoria?
Cualquier persona que cumpla los requisitos previstos en la Convocatoria.
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¿Se requiere experiencia para participar?
No es indispensable tener experiencia.
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¿Puedo participar para los cargos de la Convocatoria si no nací dentro del estado de Chihuahua?
Sí, siempre y cuando tengas la nacionalidad mexicana y acredites la residencia efectiva de 6 meses o más en el municipio por el que aspiras integrar una asamblea.
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¿Dónde debo entregar la documentación solicitada?
La documentación solicitada deberá cargarse en el sistema de registro en línea, dentro del apartado correspondiente, siguiendo las indicaciones y especificaciones establecidas en la convocatoria.
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¿Es indispensable contar con correo electrónico?
Sí. Es indispensable contar con una cuenta de correo electrónico, ya que las notificaciones se realizarán por esta vía. En caso de no contar con una, será necesario crear una.
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¿Si aspiro a varios cargos, debo realizar varios registros?
No, deberás realizar sólo un registro marcando en la solicitud de registro los cargos a los que aspiras.
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¿A qué se refiere el requisito de residencia efectiva?
El requisito de residencia efectiva tiene por objeto que la persona que pretende desempeñar un cargo en una asamblea municipal conozca –de forma actual y directa– el entorno político, social, cultural y económico, así como los problemas de la demarcación respectiva. Por tanto, la residencia efectiva se obtiene por vivir o habitar de manera permanente, prolongada e ininterrumpida en un lugar determinado, con la intención de establecerse en ese lugar.
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¿Qué documentación puedo presentar para acreditar la residencia?
Para acreditar la residencia, podrás presentar alguno de los siguientes documentos:
- Carta de residencia expedida por el Ayuntamiento.
- Recibo de impuesto predial.
- Recibo de luz, agua, teléfono, gas, televisión de paga o internet, aun cuando no esté a nombre de la persona aspirante.
- Carátula de estados de cuenta a nombre de la persona aspirante.
- Credencial para votar con fotografía, emitida en 2025 o en años anteriores, en la que el municipio señalado en el domicilio corresponda al de la Asamblea Municipal a la que se aspira a integrar.
La documentación presentada deberá permitir acreditar que la persona aspirante tiene, por lo menos, seis meses de residencia en el municipio.
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¿Puedo utilizar mi credencial para votar como comprobante de domicilio?
Sí, siempre y cuando el domicilio asentado en la solicitud coincida con el de la credencial.
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¿Dónde puedo consultar mi folio de registro?
El folio te será enviado al correo electrónico registrado en la solicitud por lo que será necesario que revises constantemente la bandeja de entrada y la carpeta de correo no deseado (spam o junk mail).
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¿Cómo puedo saber si recibieron mis documentos?
Se te enviará un correo electrónico en el que se remitirá el acuse de recibo de los documentos, con el folio asignado para el seguimiento de cada etapa de la Convocatoria. Será necesario que revises constantemente la bandeja de entrada y la carpeta de correo no deseado (spam o junk mail).
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¿Dónde puedo tomar el curso de capacitación?
Una vez emitida la Convocatoria, deberás ingresar a la plataforma del IEE, a través de la liga: ieechihuahua.org.mx/integracion_asambleas_2026.
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¿Cómo puedo saber mi usuario y contraseña para ingresar al curso?
Se te enviará un correo electrónico en el cual se indicará el usuario, contraseña y la liga de acceso a la plataforma.
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¿Hay una calificación mínima para aprobar el curso?
No, el requisito consiste en tomar el curso de capacitación y contestar los cuestionarios de todos los módulos, por lo que no habrá una calificación del curso.
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¿Por qué medio se me notificará el cumplimiento de los requisitos de la Convocatoria?
En el portal del IEE https://ieechihuahua.org.mx/integracion_asambleas_2026, se publicará la relación de los folios y nombres de las personas aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos y acceden a la etapa de entrevista, así como la relación de aquellos folios de las personas que no cumplieron.
Contacto
OFICINAS DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA:
DIRECCIÓN. Avenida División del Norte, número 2104, colonia Altavista, C.P. 31200, Chihuahua, Chihuahua.
OFICINA REGIONAL JUÁREZ DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA:
DIRECCIÓN. Avenida Paseo Triunfo de la República 6568, locales A y B. Colonia San Lorenzo, C.P. 32320, Juárez, Chihuahua.
CONTACTO VÍA TELEFÓNICA:
614-432-19-80 extensiones 2074 y 2040.
Lineamientos.
Notificaciones y Avisos
DESIGNACIÓN.
Entrevistas
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REGISTRO, EVALUACIÓN, SELECCIÓN E INTEGRACIÓN DE LAS ASAMBLEAS MUNICIPALES Y DISTRITALES DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
Responsable. El Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE), con domicilio en avenida División del Norte número 2104, colonia Altavista, C.P. 31200, Chihuahua, Chihuahua, es responsable del tratamiento de los Datos Personales. La Dirección Ejecutiva de Organización Electoral (DEOE) administra el tratamiento.
Finalidades. Los datos personales serán utilizados para registrar y gestionar las solicitudes; verificar los requisitos de elegibilidad y la información declarada; valorar estudios, experiencia y trayectoria; realizar entrevistas y evaluaciones; aplicar criterios de paridad, inclusión y accesibilidad; comunicar prevenciones, citas y resultados; elaborar propuestas, designaciones y listas de reserva; atender ratificaciones, sustituciones o vacantes; publicar los nombres, cargos, sexo y asambleas de las personas designadas en los términos previstos por la Ley; atender medios de impugnación y requerimientos de autoridad y generar estadísticas con información disociada. La falta de los datos necesarios puede impedir el registro, la evaluación o la designación.
Finalidades que requieren consentimiento. El IEE solicitará el consentimiento expreso y por escrito de la persona titular para tratar los datos sensibles que proporcione voluntariamente con fines de inclusión y accesibilidad. También solicitará su autorización para publicar la síntesis curricular; considerar el expediente presentado para una Asamblea Municipal en la integración de una Asamblea Distrital distinta y captar fotografías, audio o video de la entrevista. La negativa respecto de estas finalidades no afectará la participación en el procedimiento originalmente solicitado.
Transferencias. Los datos personales estrictamente necesarios podrán transferirse al Instituto Nacional Electoral para verificar la inscripción de la persona aspirante en el Registro Federal de Electores, la vigencia de su credencial para votar y su pertenencia a padrones partidarios. Asimismo, podrán transferirse al Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para la sustanciación y resolución de medios de impugnación o en cumplimiento de requerimientos debidamente fundados y motivados. Por último, podrán transferirse a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua y a la Dirección del Registro Civil del Estado de Chihuahua para la verificación de cumplimiento a requisitos de elegibilidad. Estas transferencias no requerirán el consentimiento de la persona titular cuando se realicen entre responsables para el ejercicio de facultades propias, compatibles o análogas, o cuando se actualice otro supuesto de excepción previsto en la legislación aplicable.
Negativa. La persona titular podrá manifestar su negativa mediante las opciones correspondientes del formato de registro, antes de que se realicen las finalidades que requieren consentimiento. También podrá revocar su consentimiento y ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad ante la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del IEE, mediante el correo utaipdp_uc@ieechihuahua.org.mx, en el domicilio señalado o a través de la Plataforma Nacional de Transparencia.
Consulta del aviso integral. El aviso integral podrá consultarse en el apartado Avisos de Privacidad del portal institucional: ieechihuahua.org.mx
Elaboración: 14/08/2026.
